El Tribunal Supremo ha declarado nulo e inaplicable el canon digital aprobado por el Gobierno del PP. La Sala de lo Contencioso-Administrativo, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha considerado que el Real Decreto 1657/2012, es decir, aquel que regulaba el nacimiento del nuevo sistema en lugar del antiguo canon digital, choca con la normativa comunitaria. El Ejecutivo estableció una compensación por las copias privadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por tanto, a todos los españoles.
La corte europeo ya dijo en julio pasado que el canon digital que desde 2012 compensa a los autores con dinero público era ilegal. Alego que el modelo introducido por el Gobierno no garantiza que sean los usuarios de copias privadas quienes soporten la compensación por derechos de autor. España fue el primer país de la UE en utilizar este esquema, que hoy solo aplican dos Estados más.
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El Supremo anula el canon digital
Así, la sala estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA) y Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP) y anula el citado Real Decreto. STS 10-NOVIEMBRE-2016 ANULA CANON DIGITAL