ABOGACIA TIC Prueba Electrónica. La dirección IP, por sí sola, no demuestra más que la titularidad de la línea y su consideración aislada es insuficiente para probar la autoría. STS 987/2012, de 3 de diciembre. Publicado el 2 de mayo de 201323 de julio de 2020 por frbernal STS 987 de 3 diciembre 2012 LA DIRECCION IP NO ES PRUEBA SUFICIENTE https://victorhck.gitlab.io/share_freedom/?text=%post_title%&url=%post_url%Correo electrónicoDIASPORATelegramRedditGNUSOCIAL